sábado, 11 de octubre de 2014

Presentación del informe: Devoluciones en caliente en la valla de Melilla.




El trabajo analiza la legislación española de extranjería y sentencia que entregar a los migrantes según llegan sin siquiera identificarlos es "jurídicamente inadmisible" y no tiene amparo ni desde ese supuesto concepto de operatividad, ni en aplicación de la figura legal de 'rechazo en frontera' ni bajo el amparo del convenio de readmisión suscrito entre España y Marruecos.

No sólo sería ilegal, sino que "son distintos los tipos penales en que podrían subsumirse estas conductas, como son, entre otros, el delito de coacciones (art. 172 CP); los delitos de funcionarios públicos de privación de asistencia letrada (art. 537 CP), de privación del ejercicio de otros derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes (art. 540 CP), o de prevaricación (art. 404 CP)", dicen los expertos.

De esta responsabilidad penal no quedarían eximidos los guardias civiles porque, según los juristas, respecto de estos delitos "no puedan operar las circunstancias excluyentes de la responsabilidad referidas a la obediencia debida, ejercicio legítimo del cargo o el desconocimiento de la ilicitud del hecho".





Meilla: Devoluciones en caliente. José Luis Segovia Bernabé. from Asociación Pro.De.In. Melilla on Vimeo.